¿Cuántos impuestos paga un asalariado?
A cuenta de la reducción de impuestos pactada entre el PP y C’s ha
vuelto el debate sobre si pagamos muchos impuestos, si compensa el
estado de bienestar que tenemos y otros gastos, y si es el momento
adecuado, por aquello de la deuda y el déficit. En particular, se ha
gastado mucha saliva y caracteres de twitter en dilucidar cuántos
impuestos pagamos y, más concretamente, cuántos paga un trabajador
asalariado. Voy a intentar aclarar esto.
Un trabajador cobra un sueldo bruto, del que se descuentan cotizaciones a
la seguridad social y sobre el que tendrá que pagar el impuesto de la
renta. Además de eso, el empleador paga cotizaciones a la seguridad
social a cuenta del trabajador y, cuando el trabajador gaste su dinero,
pagará el IVA, impuestos especiales y otros. ¿Cómo calcular cuáles son
los impuestos que paga el trabajador? ¿Se incluyen todos? ¿Son las
cotizaciones a la seguridad social impuestos? ¿La parte que paga el
empleador es parte del salario bruto del trabajador?
Para responder a estas preguntas hagamos unas consideraciones que espero aclaren el porqué del análisis posterior.
- Las cotizaciones a la seguridad social no son técnicamente un
impuesto, pero actúan económicamente de manera bastante parecida a un
impuesto. Un incremento de las cotizaciones implica un coste mayor de
contratar, exactamente como un impuesto implica un coste mayor de
compraventa.
- La distinción entre una parte de las cotizaciones que paga el
trabajador y otra que paga el empleador es un artificio contable.
Pongamos que a un sueldo de 100 debe acompañar una cotización de 25 por
parte del empleador y de 5 por parte del trabajador. El empresario
gastará 130 por cada 100 que reciba el trabajador. Lo mismo que si al
empresario se le imputara una cotización de 10 y al trabajador una de
20. Todo es exactamente igual, excepto que alguien ha decidido llamar a
unas cantidades de una manera y no de otra.
- Es cierto que algunas políticas de incentivos perdonan, por ejemplo,
la parte de las cotizaciones que se imputan al empleador. Pero eso solo
quiere decir que el Estado quiere subvencionar por esa proporción.
Daría igual decir que perdona 25/30 partes de la cotización total o que
perdona el 100% de los 25 imputados al empleador.
Una vez que tratamos todas las cotizaciones a la seguridad social como
impuestos, todavía nos queda calcular cuánto paga quién de cada
impuesto. ¿Paga el trabajador todas las cotizaciones? ¿Paga todo el IVA?
Figura 1 (izquierda): La oferta se desplaza hacia arriba (se hace más cara) por el monto del impuesto.
Figura 2 (derecha): La demanda se desplaza hacia abajo (se demanda menos) por el monto del impuesto.
En ambos casos: La cantidad pasa de Q a Q´,
el precio pasa de P a Pc para el comprador y Pv para el vendedor.
La diferencia entre Pc y Pv es el impuesto.
En Economía nos hacemos una pregunta para saber quién paga un impuesto:
cuál sería el precio que verían comprador y vendedor sin impuesto y
cuánto ven con el impuesto. Lo que paga cada uno es la diferencia. Las
figuras 1 y 2 ilustran esto en el caso más sencillo. En ambas figuras
partimos de la misma situación, una oferta y una demanda que dan como
resultado un precio de equilibrio en el punto E. En la Figura 1, el
Estado decide poner un impuesto al comprador, que tendrá que pagar t unidades extra por cada unidad comprada. Vemos que esto implica un desplazamiento hacia abajo de la demanda (por valor t)
y un nuevo equilibrio en E'. En la Figura 2 el impuesto es sobre el
vendedor, que implica un desplazamiento de la oferta y un nuevo
equilibrio en E''. El lector atento observará que E' y E'' tienen el
mismo resultado en términos de quién paga qué. En ambos casos el
impuesto se reparte entre el comprador y el vendedor de la misma manera.
Quién pague una proporción mayor dependerá de cómo de horizontales o
verticales sean las funciones. Si el comprador tiene una demanda plana,
lo que quiere decir que es muy sensible al precio de ese bien, ante una
subida del impuesto reaccionará comprando otras cosas y pagando poco del
impuesto sobre ese bien.
Lo anterior se mantiene, mutatis mutandi, si el impuesto es un
porcentaje, si el mercado no está en competencia perfecta o si concurre
cualquier otra circunstancia con la que uno quiera complicar o hacer más
realista el modelo. Este resultado se observa una y otra vez en cuantos
experimentos y estudios empíricos se han hecho sobre el tema.
Aunque no se haya entendido del todo este análisis, una cosa debe quedar
perfectamente clara: el impuesto se reparte entre comprador y vendedor y
no se debe contabilizar dos veces. Por ejemplo, incluso si uno cree que
el impuesto lo paga siempre el comprador (¿por qué?) eso querría decir
que si A compra el bien X y vende el bien Y, solo pagaría el
correspondiente al bien X. El impuesto sobre el bien Y lo pagaría el
comprador de ese bien.
Ya estamos en disposición de decir algo relevante sobre qué impuestos
paga un asalariado. El trabajador, recordemos, vende su trabajo y compra
bienes y servicios. ¿Convenimos que paga una parte del impuesto
correspondiente a cada compra-venta dependiendo del análisis en cada
mercado en particular, como en las figuras 1 y 2? Así debe ser. Decir
que paga todos los impuestos, tanto cuando compra como cuando vende
supone decir que todas las empresas que pagan a todos los trabajadores
tienen una capacidad ilimitada de pasar todo el impuesto al trabajador y
que todas las empresas a las que compra bienes y servicios al
trabajador tienen ese grandísimo poder.
Entonces ¿cuánto paga el trabajador? No lo sé, no soy experto en ello,
pero cualquiera que responda a esa pregunta asignando arbitrariamente un
impuesto u otro en su totalidad o parcialidad al trabajador no será
digno de ser escuchado. Eso es lo que hizo, por ejemplo, J.R. Rallo en
La Sexta Noche el sábado pasado atribuyendo el pago de todos los
impuestos al trabajador (véase a partir del minuto 26:55). Lo hacen
también quienes se dejan llevar por la arbitrariedad de la asignación de
cotizaciones a trabajador y empresa.
Termino con una última aclaración. Hay quien confunde el análisis
anterior sobre quién paga efectivamente un impuesto con el análisis
sobre una política dirigida a un colectivo. Por ejemplo, pongamos que un
paquete de chuches cuesta 6€, de los que 1€ corresponde al IVA (un 20%
sobre los 5€ antes del IVA). Ahora el Estado me perdona el IVA cuando
compro chuches (solo a mí, que soy el colectivo al que el Estado dirige
su política), para mí el precio de las chuches bajará por todo el monto
del IVA, de 6€ a 5€. Yo me beneficio al 100% y el que me vende las
chuches se beneficiará al 0% en cada paquete de chuches que compre. Si
mañana vuelvo a tener que pagar el IVA, pagaré el 100% del monto del
IVA. ¿Quiere esto decir que en el mercado de las chuches el consumidor
paga el 100% del IVA? De ninguna manera. El precio prevalente de 6€ con
IVA de las chuches sería una cantidad entre 5 y 6 (pongamos que fuera
5,4€) si el Estado eliminara el IVA de las chuches para todos los
consumidores. Si solo me lo quita a mí, el precio para mí será de 5€.
Ambas cosas no solo son perfectamente compatibles, sino que constituyen
el análisis correcto en cada caso. Por la misma razón preguntarse qué
pasaría si el Estado le perdona a tu empleador las cotizaciones sociales
para responder que tu sueldo no variaría, que el empleador se
beneficiaría del 100% de la exención, no tiene nada que ver con el hecho
de que las cotizaciones se pagan entre ambos.
Siguiendo con la analogía de la empresa eléctrica, cuando le preguntan
al empleador cuál es su factura por cotizaciones responderá, en mi
ejemplo del punto 2, que 30 euros (o tal vez solo 25 si se ciñe a la
definición legal). Si se le pregunta al trabajador responderá, según la
analogía de la eléctrica, que 30 (o 5 si se ciñe a la definición legal).
En el primer caso de ambos duplicaríamos la estimación de la carga que
suponen las cotizaciones, que es lo que se deduce de la analogía. En el
segundo la repartiríamos arbitrariamente, que es lo que se deduce de
algunas malas críticas.
https://www.eco.uc3m.es/personal/cv/jlferr.html
https://mappingignorance.org/author/jose-luis-ferreira/
https://todoloqueseaverdad.blogspot.com/2017/07/cuantos-impuestos-paga-un-asalariado.html#more
https://articulosclaves.blogspot.com/2024/04/a-mas-impuestos-menos-capacidad-de.html
Las cotizaciones sociales son impuestos porque «se imponen».
(Las normas de circulación también son impuestos, oiga).
Seguimos avanzando en la justificación de los prejuicios: de la praxeología y el derecho natural a la etimología.
Todo menos hacer economía.
Ahora más en serio.
El impuesto se define como lo que debes pagar a Hacienda para sufragar el gasto público y a cambio de nada privado (bueno, a cambio de no pagar todavía más en multas o de no ir a la cárcel).
Las cotizaciones sociales se deben pagar, pero a cambio de una retribución futura.
Es cierto que suponen un incremento del coste laboral, como algunos impuestos, pero también como cualquier otro pago
También es cierto que parte de las reacciones de trabajadores y empresas frente a cambios en las cotizaciones es semejante a las que ocurren con los impuestos (por ejemplo, las de comprador y vendedor con el IVA); pero solo parte de las reacciones.
Debería estar claro.
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